Procedimientos y normativa
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El practicaje es el servicio de asesoramiento a capitanes de buques y artefactos flotantes, prestado a bordo de éstos o desde la estación de Prácticos, para facilitar su entrada y salida a puerto y las maniobras náuticas dentro de éste y de los límites geográficos de la zona de practicaje.
Se distinguen los siguientes servicios:
Servicios Exclusivos
Practicaje de entrada
El servicio de asesoramiento que presta el Práctico para dirigir con seguridad un buque o artefacto flotante de acuerdo con las disposiciones particulares de cada puerto, hasta su destino en zona portuaria, bien sea debidamente fondeado o amarrado a un muelle, boya, dique, pantalán, dique seco, o varadero, pasando por canales o esclusas si fuera necesario.
Practicaje de salida
El servicio de asesoramiento que presta el Práctico para dirigir con seguridad un buque o artefacto flotante desde su lugar de atraque, fondeo, boya, dique, pantalán, dique seco o varadero, hasta los límites geográficos de la zona de practicaje, de acuerdo con las disposiciones particulares de cada puerto o hasta el punto donde deje el buque en franquía, previa indicación de su capitán, pasando por canales o esclusas si fuera necesario
Practicaje para movimientos interiores
El servicio de asesoramiento que prestan los Prácticos para trasladar un buque o artefacto flotante desde un lugar a otro dentro de los límites del servicio de practicaje.
Practicaje voluntario
Es el servicio de asesoramiento prestado por el Práctico a buques o artefactos flotantes, a solicitud del capitán de estos, fuera de la zona de practicaje del puerto, o el que se presta en las aguas del puerto cuando no fuera obligatoria la utilización de este servicio.
El uso del servicio de practicaje es obligatorio en el puerto de Algeciras para los buques con arqueo bruto mayor de 500 GT.
El ámbito geográfico de prestación del practicaje en el puerto de Algeciras es el área delimitada por las aguas comprendidas desde el punto I=36° -06’ 17’’ N L=05° 26’ 16’’ W con el punto I=36° 06’ 17’’ N Longitud: 005° -23’ -49’’ W, y desde esta latitud hacia el Norte hasta el punto situado en posición geográfica latitud: 36° -09’ -15’’ N, Longitud: 005° -23’ -49’’ W y desde aquí hacia el Este hasta el dique rompeolas del puerto de La Línea de la Concepción que se encuentra en la misma latitud 36° 09’ 15’’ N y comprende también las instalaciones portuarias y dársenas interiores contenidas en ellas.
El práctico embarcará, cuando el buque proceda al atraque en el paramento Este de los nuevos desarrollos de Isla Verde exterior, en el área de embarque de prácticos que está situada dentro de un semicírculo orientado hacia el Sur de 0,7 millas y que tiene su origen en la posición geográfica I=36° -06’ 17’’ N, L=05° 23’ 49’’ W. 3.
Cuando el destino del buque sean los muelles de las dársenas interiores del puerto de Algeciras y/o los muelles y atraques de las instalaciones situadas al norte del paralelo 36° 09’ 15’’ N el práctico embarcará en el área de embarque situada dentro de un semicírculo orientado hacia el sur y cuyo radio de 0,7 millas tiene su origen en la posición geográfica I=36° 08’ 51’’ N, L=005° 23’ 49’’ W.
En caso de que el práctico, por causas meteorológicas no pueda embarcar en las áreas señaladas, o cuando por razones de maniobrabilidad o seguridad marítima considere que debe de embarcar fuera de esa área, se le indicarán al buque otros posibles puntos de embarque.
Fuera de esta zona, a los buques que soliciten voluntariamente los servicios de practicaje, el práctico deberá prestar al buque el servicio solicitado acudiendo al punto de embarque solicitado por el capitán del buque, que previamente habrá sido acordado con el práctico.
Solicitud del servicio
Practicaje de entrada.
La Corporación de Prácticos (prestador del servicio de practicaje) recibirá información del servicio cuando el buque realice la primera llamada al Centro de Control de Tráfico Marítimo de la Autoridad Portuaria, siempre garantizando un mínimo de una hora sobre la hora prevista. La solicitud formal del servicio de practicaje será realizada mediante comunicación entre el buque y el operador SIIGB con, al menos, 20 minutos de antelación al embarque del práctico, informando de la fecha y hora de llegada del buque al punto de embarque de práctico. El buque, en su maniobra de entrada debe contactar con el Centro de Control de Tráfico Marítimo según el procedimiento de comunicaciones establecido y declara la intención de realizar la maniobra de entrada informando de la hora estimada de llegada del buque al punto de embarque de prácticos. Los operadores de tráfico marítimo analizan la hora planificada de llegada al punto de embarque de prácticos, la hora de disponibilidad de atraque o fondeo, la disponibilidad de servicios portuarios de practicaje, remolque y amarre, las condiciones del tráfico marítimo presente y previsto, condiciones meteorológicas y cualquier otro factor que considere estableciendo una hora de llegada del buque al punto de embarque de prácticos. El práctico a la hora solicitada de llegada, abordará al buque en el punto de embarque de prácticos.
Si el operador SIIGB solicita formalmente el servicio con menos de 20 minutos de antelación sobre el inicio del mismo, el prestador dispondrá de hasta 20 minutos para el inicio del servicio a partir de la hora de solicitud formal del servicio. En el caso de realizar la solicitud del servicio con al menos 20 minutos de antelación y no haber disponibilidad de práctico por estar todos los medios de guardia ocupados, el buque deberá esperar hasta que haya disponibilidad de practico.
Practicaje de salida.
Realizada la comunicación entre el buque y el operador SIIGB, y con una antelación mínima sobre la hora estimada de salida determinada en el procedimiento de comunicaciones de la Autoridad Portuaria vigente, siempre garantizando un mínimo de una hora sobre la hora prevista. La Autoridad Portuaria comunicará dicho preaviso al prestador del servicio de practicaje. Una vez el buque se encuentre listo para navegar, lo comunicará Centro de Control de Tráfico Marítimo de la Autoridad Portuaria, quien, en función de las condiciones previstas, realizará la solicitud formal del servicio de practicaje.
Si el operador SIIGB solicita formalmente el servicio con menos de 20 minutos de antelación sobre el inicio del mismo, el prestador del servicio dispondrá de hasta 20 minutos para el inicio del servicio a partir de la hora de solicitud formal del servicio. En el caso de realizar la solicitud del servicio con al menos 20 minutos de antelación y no haber disponibilidad de práctico por estar todos los medios de guardia ocupados, el buque deberá esperar hasta que haya disponibilidad de práctico.
Maniobra Náutica.
Realizada la comunicación entre el buque y el operador SIIGB, y con una antelación mínima sobre la hora estimada de inicio de la maniobra que se encuentra determinada en el procedimiento de comunicaciones de la Autoridad Portuaria vigente, siempre garantizando un mínimo de una hora sobre la hora prevista. La Autoridad Portuaria comunicará dicho preaviso al prestador del servicio de practicaje. Una vez el buque se encuentre listo para navegar, lo comunicará Centro de Control de Tráfico Marítimo de la Autoridad Portuaria, quien, en función de las condiciones previstas, realizará la solicitud formal del servicio de practicaje.
Si el operador SIIGB solicita formalmente el servicio con menos de 20 minutos de antelación sobre el inicio del mismo, el prestador del servicio dispondrá de hasta 20 minutos para el inicio del servicio a partir de la hora de solicitud formal del servicio. En el caso de realizar la solicitud del servicio con al menos 20 minutos de antelación y no haber disponibilidad de práctico por estar todos los medios de guardia ocupados, el buque deberá esperar hasta que haya disponibilidad de práctico.